El libro u hojas sueltas debe presentarse a la notaria foliado y sin uso (folios en blanco), con una solicitud llenada y firmada, por:
La persona natural, titular o su apoderado o representante legal. Adjuntar copia DNI.
El apoderado o representante legal de la persona jurídica. Adjunta vigencia de poder y DNI.
En caso de Libro de actas, matrícula de acciones y de padrón de socios, el representante adicionalmente debe concurrir a la notaria para pasar control BIOMETRICO. Comuníquese para la cita correspondiente.
En caso de solicitar legalización del segundo tomo o el siguiente, debe presentar a la notaria el libro anterior y solicitar el cierre del mismo.
En caso de pérdida de libro, deberá acreditarse el hecho, con la correspondiente denuncia policial de pérdida, la cual debe adjuntar a la notaria en original (la misma debe contener todos los datos del libro extraviado: tomo, nombre, clase, etc.) para la apertura del tomo siguiente.